ARGUMENTOS LEGALES PARA LA PLATAFORMA EDUCA EMPLEO
- Pablo Flores Cabrera
- 20 jul 2023
- 1 Min. de lectura
Todo interesado debe conocer la fundamentación legal que está tras el uso de la plataforma EDUCA EMPLEO.

El artículo 93, inciso tercero, señala: (…) La Autoridad Educativa Nacional otorgará nombramientos provisionales o suscribir contratos de servicios ocasionales de conformidad con la Ley, sin distinción en su remuneración.
El artículo 94. Requisitos.- Para ingresar a la carrera educativa pública se requiere: c) Constar en el registro de candidatos aptos; el artículo 99 Convocatoria para llenar vacantes.- (…) producida una vacante, en cualquier nivel y por cualquier circunstancia, el nivel Distrital de la Autoridad Educativa Nacional la cubrirá inmediatamente y de manera temporal, mediante el otorgamiento de nombramientos provisionales o la contratación por servicios ocasionales considerando de manera obligatoria, el banco de elegibles.
Mientras el artículo 194 del RLOEI, indica que el personal académico que ingrese a las instituciones educativas bajo la modalidad de contratos ocasionales, no será parte de la carrera educativa pública; sin embargo, deberán cumplir con los requisitos mínimos establecidos en la LOEI (…) El proceso de selección e incorporación de docentes se realizará a través de los medios dispuestos por la Autoridad Educativa Nacional para estos propósitos, debiendo priorizarse la incorporación de aquellos que sean parte del banco de personal elegible y cuenten con la calidad de aptos, sin perjuicio que quienes no ostenten esta calidad puedan ser considerados para cubrir las necesidades del Sistema Nacional de Educación, para lo cual se considerará el perfil profesional frente a la necesidad levantada en la institución educativa.
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